Interesante Sentencia del TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 8-5-2013
En la que se revoca la Sentencia en la que se había confirmado la expulsión del territorio nacional. En
este caso, la copia del pasaporte acredita que el interesado no se
encuentra indocumentado y, aunque existe el dato negativo esencial de
una previa resolución sancionadora de multa por esa misma estancia
irregular, la sanción, según considera el Tribunal Superior de Justicia y
atendidas sus circunstancias personales, resulta desproporcionada.
El
interesado está empadronado en el domicilio familiar desde hace 9 años y
sus progenitores cuentan con las respectivas autorizaciones vigentes,
hasta el punto que la madre obtuvo la nacionalidad española con
posterioridad a la resolución sancionadora. Este hecho es determinante
para que el Tribunal considere que sea desproporcionada la expulsión,
dado que ahora podrá beneficiarse del reconocimiento del derecho a
residir en territorio nacional en aplicación del RD 240/2007.
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