sábado, 31 de marzo de 2012

DOCUMENTACION IMPORTANTE EN PROCEDIMIENTO DE EXPULSION POR ESTANCIA IRREGULAR



cuando se ha iniciado un procedimiento de Expulsión, ordinario o preferente es muy importante que le  puedas  dar al  abogado  la siguiente documentación:

1 Si has intentado solicitar asilo político o si tienes algún temor de
regresar a tu país y por qué motivos.
2 Desde cuándo estás en España y cómo entraste.
3 Copia de tu pasaporte y un certificado de
empadronamiento.
4 Si has solicitado en algún momento autorización de trabajo y/o
residencia.
5 Si tienes familia en España o española y si alguno tiene residencia
legal, si tienes hijos menores a tu cargo, hijos escolarizados.
6 Si has hecho cursos en España. No olvides solicitar certificado de
los cursos a los que asistas. Te ayudará para demostrar tu arraigo.
7 Si perteneces a alguna asociación. No olvides solicitar certificado
de las asociaciones a las que pertenezcas. Te ayudará para demostrar
tu arraigo.
8 Si estás enfermo y recibes tratamiento médico.
9 Si estás embarazada.
10 Si tienes trabajo.
11 Si tienes contrato de alquiler de tu vivienda.
12 Si ya tienes orden de expulsión anterior y si está recurrida.
Nombre y teléfono del abogado que asistió en la orden de expulsión.
13 Si eres víctima de violencia de género o de trata de personas.
14 Cualquier otro aspecto que creas conveniente.

martes, 27 de marzo de 2012

Solicitud de nacionalidad española por residencia (Con Cita Previa en internet


Cita previa por Internet




Para Zaragoza o localidades de su partido judicial, el expediente se tramita en el REGISTRO CIVIL de Zaragoza, presentando la documentación que se indica a continuación.


Para la tramitación debe obtener cita previa por Internet. La solicitud de la cita debe realizarse siguiendo las siguientes pautas:
  • Debe realizarse con el NIE de la persona que desea solicitar la nacionalidad española, no valdrá usar el de sus padres o terceras personas.
  • En el campo "Nombre" debe introducir tanto el nombre como el apellido del solicitante.
  • No debe solicitar más de una cita con el mismo NIE.



Si no existe cita previa disponible a través del sistema indicado deberá esperar a que el Registro Civil abra su agenda para los siguientes meses. La apertura de la agenda suele realizarse la última semana del mes.

Si no dispone de medios electrónicos para obtener cita previa a través del sistema indicado podrá solicitarla personándose en la oficina de información, ubicada en el edificio de los Juzgados de Plaza del Pilar, nº2 de Zaragoza. Debe tener en cuenta que si el problema es que no existe cita disponible en la oficina de información tampoco le podrán proporcionar una, y en tal caso deberá esperar a que el registro civil abra su agenda para los siguientes meses. Tal y como se ha indicado previamente la apertura de la agenda suele realizar la última semana del mes.

lunes, 26 de marzo de 2012

Información sobre el estado del expediente de extranjería


En la Web del ministerio de Hacienda y Administraciones públicas puedes consultar el estado de tu expendiente de extranjería. Puedes hacer tu consulta con el nº de expediente o con el nº del NIE.

consulta tu expediente de extranjeria


RELLENE TODOS LOS DATOS


Nº Expediente:    
Fecha de presentación de la solicitud:     (dd/mm/aaaa)
Año de Nacimiento:     (aaaa)


     
Imágen:     
Caracteres:    

Nuevo sistema de Apostilla electrónica en España


El Ministerio de Justicia de España ha puesto en marcha un nuevo sistema de emisión de Apostillas, que permite emitir tanto Apostillas en papel como Apostillas electrónicas e incorpora un único Registro electrónico de todas las Apostillas emitidas a través del nuevo sistema.
Este sistema de emisión de Apostillas Electrónicas ha sido desarrollado a través de una iniciativa conjunta con la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, que ha recibido el respaldo de la Comisión Europea. En España, la Orden Ministerial JUS/1207/2011 de 14 de mayo, por la que se crea el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de apostillas en soporte papel y electrónico, da cobertura legal a esta iniciativa.
La Apostilla para documentos públicos en soporte papel podrá emitirse tanto en soporte papel como electrónico. Para documentos públicos emitidos en soporte electrónico se emitirá la Apostilla únicamente en soporte electrónico.
Las Apostillas en papel de documentos emitidos en soporte papel estarán firmadas digitalmente y figurarán en el mismo documento o en un anexo o prolongación del documento apostillado que deberá estar conectada al documento apostillado por un medio inalterable (grapas, sellos o similar).
Las Apostillas electrónicas emitidas a través del nuevo sistema también estarán firmadas digitalmente y contendrán el documento público embebido en ellas. La firma electrónica garantiza en estos casos que la Apostilla electrónica y el documento público embebido no hayan sido alterados tras su emisión. Los solicitantes de una Apostilla electrónica, cuando así lo hayan especificado en el momento de la solicitud, podrán descargarse la Apostilla electrónica a través de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.
Las Apostillas emitidas con el nuevo sistema seguirán el formato que se adjunta y estarán firmadas digitalmente. Este hecho, ligado a la incorporación de un Código Seguro de Verificación que figura sobre cada Apostilla y que aporta un notorio plus de seguridad,permite hablar de documentos plenamente válidos en España, de acuerdo con la legislación vigente.
Por ello, estos documentos deben ser aceptados en los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961, sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, en cumplimiento de sus obligaciones como países adheridos a la Convención.
Este nuevo sistema, incluida la posibilidad de emitir Apostillas electrónicas, se encuentra disponible en varias Autoridades Competentes judiciales y Administrativas.
Las Autoridades Competentes que disponen de este sistema son:
  • Sección de Legalizaciones del Ministerio de Justicia (Oficina Central de Atención al Ciudadano- Plaza de Jacinto Benavente nº 3. 28071. Madrid) y las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. (desde el 18 de mayo de 2011).
  • Secretarias de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia de:
    • Andalucía:  (desde el 19 de septiembre de 2011)
    • Ceuta: (desde el 18 de mayo de 2011)
    • Melilla: (desde el 18 de mayo de 2011)
    • Baleares: (desde el 18 de mayo de 2011)
    • Castilla la Mancha: (desde el 13 de mayo)
    • Castilla y León: (desde el 18 de mayo de 2011)
    • Murcia:  (desde el 13 de mayo)
    • Extremadura:  (desde el 18 de mayo de 2011)
    • La Rioja: (desde el 27 de junio de 2011)
    • País Vasco:  (desde el 1 de julio de 2011)
    • Aragón:  (desde el 6 de septiembre de 2011)
    • Asturias: (desde el 1 de julio de 2011)
    • Cantabria: (desde el 24 de octubre de 2011)
    • Comunidad Valenciana: (desde el 8 de noviembre de 2011)
    • Madrid:  (desde el 16 de noviembre de 2011)
    • Navarra: (desde el 14 de noviembre de 2011)
    • Galicia: (desde el 2 de diciembre de 2011)
En el resto de Autoridades Competentes se implantará el nuevo sistema, incluida la posibilidad de emitir Apostillas electrónicas, de manera progresiva.
Durante un periodo transitorio, y hasta que el nuevo sistema para la emisión de Apostillas esté disponible en todas las Autoridades Competentes, el Gobierno de España estará emitiendo Apostillas según el vigente y el nuevo modelo, siendo ambos igualmente válidos y auténticos.
Registro electrónico de Apostillas
La validez de las Apostillas expedidas a través del nuevo sistema tanto en soporte papel como electrónico podrá ser consultada a través del Registro electrónico de Apostillas, que estará disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

FUENTE: MINISTERIO DE JUSTICIA

jueves, 22 de marzo de 2012

Informe de esfuerzo de integración


Se trata de un informe que emite una Comunidad Autónoma, a solicitud de un ciudadano extranjero que desea:Renovar su autorización de residencia temporal no lucrativa, Renovar su autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, Renovar su autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia o ajena.
Este informe no tiene que presentarse obligatoriamente, pero puede ser alegado por el extranjero en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para la renovación de la autorización y será tenido en cuenta como información a valorar por la oficina de extranjería.
Este informe se solicita en la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia.

El informe tendrá como contenido mínimo la certificación, en su caso, de la participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma en que se resida, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia. En este sentido, la certificación hará expresa mención al tiempo de formación dedicado a los ámbitos señalados.

miércoles, 21 de marzo de 2012

Informe de Inserción Social por Arraigo en Zaragoza


Emisión del informe para solicitar autorización de residencia por razones de arraigo del trabajador extranjero que acredite la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años.

Requisitos

  • Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen.
  • No tener prohibida la entrada en España.
  • Contar con un contrato de trabajo.
  • Acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes, o presentar un informe que acredite su inserción social emitido por el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.
accede a la web del ayuntamiento de Zaragoza 

INFORME DE ARRAIGO EN CATALUÑA

La Generalitat de Cataluña  ha pactado con las entidades municipalistas  los nuevos criterios generales para elaborar los informes de extranjería, que permitirán el reagrupamiento familiar o la regularización por arraigo a los inmigrantes.

Para el primero de estos permisos se tendrán en cuenta, sobre todo, las condiciones de habitabilidad de su vivienda y, de ese modo, se tratará de evitar que se utilicen pisos patera. Para el segundo, se exigirán unos conocimientos mínimos del catalán y castellano. En el caso de reagrupación, también se valorará que el nivel de ingresos del solicitante sea suficiente para su familia. De esta manera la nueva instrucción 1/2012 de Bienestar Social establece unos mismos criterios que servirá para homogeneizar los criterios dispares existentes hasta ahora.

 El Ayuntamiento deberá determinar si el solicitante "conoce suficientemente la sociedad catalana y tiene las competencias comunicativas básicas en las lenguas oficiales de Catalunya y si ha participado en servicios de acogida o en la red asociativa del territorio". Será imprescindible como mínimo una entrevista personalizada en el transcurso de la cual "se ha de valorar el grado de comunicación en catalán y castellano (y en aranés en el caso de la Val d'Aran)". Si el interesado "no puede comunicarse mínimamente en las dos lenguas oficiales, se le pedirá haber iniciado una formación en la lengua o lenguas que desconozca con un mínimo de veinte horas ya cursadas en el momento de la entrevista o bien haber hecho alguna actividad para promover la comunicación lingüística en esta lengua". El solicitante también deberá explicar si ha participado en programas sociolaborales o cursillos. Para la renovación de la residencia temporal se podrá acreditar la formación en cursos o acreditar un certificado mínimo del nivel A2.Para quienes solicitan el reagrupamiento es requisito imprescindible garantizar condiciones de salubridad y habitabilidad de la vivienda, y se establecen unos máximos de personas en función del espacio.

Nacionalidad: conformidad a derecho de una segunda comparecencia



La sentencia de la Audiencia Nacional (
AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 1-2-2012)valora la conformidad o no a derecho de una segunda comparecencia cuando existe ya un examen previo del peticionario de nacionalidad que no se no cuestiona su integración.

En este caso, el primer informe utiliza una fórmula estereotipada donde se recoge un juicio positivo sobre la integración del solicitante en nuestra sociedad, chocando frontalmente con un informe del CNI en el que se establece que no solo el conocimiento del idioma es deficiente, sino que precisa de intérprete durante la entrevista.

Esta divergencia de resultados fue la causante de que se solicitase del Juez Encargado del Registro Civil la realización de un nuevo examen sobre la integración del recurrente, no siendo, por tanto, nula al estar motivada en esta disparidad de criterios y no existiendo ninguna previsión legal que impida una segunda comparencia a efectos de determinar el grado de integración.

No en vano el conocimiento del español es quizá uno de los elementos más destacados a la hora de evaluar la integración del ciudadano extranjero solicitante de la nacionalidad en la sociedad española y se erige no solo como un medio fundamental de comunicación e integración social, sino que también es un exponente de adaptación a nuestra sociedad y que, además, como propugna la Carta Magna en el primer inciso de su art. 3: "Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla".

martes, 20 de marzo de 2012

ESTA - Autorización de Viaje de Estados Unidos

 ESTA (ELECTRONIC SYSTEM FOR TRAVEL AUTHORIZATION)

 Sistema  Electrónico para la autorización de Viaje a EEUU es un sistema de solicitud en línea desarrollado por el gobierno de Estados Unidos para pre-examinar a los pasajeros antes de permitirles ingresar en Estados Unidos. Sólo los ciudadanos de los 36 países que forman parte de Visa Waiver pueden ingresar en Estados Unidos con ESTA. Los ciudadanos de los países que no están en el Programa Visa Waiver han de solicitar el visado a Estados Unidos de forma habitual.


Los siguientes países forman parte del Programa Visa Waiver: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunéi, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Korea del Sur, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República Checa, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza.

Una vez que el pasajero haya obtenido la Autorización de Viaje ESTA, puede ingresar en Estados Unidos en múltiples ocasiones dentro de las limitaciones del Programa Visa Waiver. Los pasajeros que entren en Estados Unidos bajo el Programa Visa Waiver pueden permanecer hasta 90 días, pero deben presentar un billete de ida y vuelta y una prueba de posesión de fondos antes de ingresar

VISA NO INMIGRANTE (ENTRAR EN EEUU)

Los Extranjeros residentes en España, titulares por ejemplo de una tarjeta de residencia y trabajo, cuando quieran ir de Turismo o Negocios a Estados Unidos  tendrán que solicitar una visa de no inmigrante.(b1 b2)
Este proceso es mucho mas largo y complejo que para la solicitud de una ciudadano comunitario que simplemente tiene que tramitar el fomulario ESTA.

Para solicitar una visa de NO inmigrante para entrar en los EEUU, primero debes solicitar una Cita previa por teléfono( mas de un euro por minuto) para una entrevista en la EMBAJADA DE EEUU En Madrid, en la calle Serrano.Hay que acudir personalmente.

Las citas mas cercanas se dan casi con un mes de antelación. Así que el viaje hay que prepararlo con antelación. A la cita hay que acudir 15 minutos antes, sin mochilas y sin teléfonos movil, o no nos dejarán pasar, tampoco dejan entrar a acompañantes.Las medidas de seguridad son estrictas.

Posteriormente deberás rellenar una serie de formularios online, respondiendo multitud de cuestiones. La llamada Solicitud Electrónica DS-160. Igualmente deberás preparar para la entrevista una serie de documentación que acredite que tu visita será temporal y que tu verdadera intención no es quedarse en los estados unidos.

Necesitaremos Pasaporte valido, fotografias adecuadas, asi como tramitar el pago de la solicitud en el Banco Santander(140 dolares)

En la entrevista sera necesario acreditar que tenemos un arraigo en nuestro pais, familia, pareja, contrato de trabajo, nominas...etc Igualmente deberemos acreditar donde nos alojaremos en el pais,(Reserva de Hotel, carta de invitación..etc)

Durante la entrevista nos comunicaran si nos conceden la visa o no, recomiendan no sacar los vuelos hasta tener la visa ya que muchas veces en la entrevista se rechazan solicitudes por encontrar incoherencias en las respuestas.En el consulado, tiene la misión de descubrir quien esta intentando entrar en los Estados Unidos para quedarse. Asi que hay que cumplir con rigor todos los tramites.

OFICINAS EXTRANJEROS EN ARAGON

OFICINA DE EXTRANJEROS DE HUESCA (*) (Autorizaciones de trabajo y residencia) Dirección:
Avda. Santo Grial, 2-3º
22071 – Huesca
(Huesca)
Tel.: 974769113
Tel.: 974769114
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE HUESCA (*) (Comunitarios/estudiantes)
Dirección:
Pza. Cervantes, 1
22071 – Huesca
(Huesca)
Tel.: 974769113
Tel.: 974769114
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE HUESCA
Dirección:
Avda. Martínez de Velasco, 16
22071 – Huesca
(Huesca)
Tel.: 974769035
Fax: 974211951
(Horario. De lunes a jueves de 9.00 a 17.00; viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE JACA
Dirección:
Avda. de Zaragoza, 14
22700 – Jaca
(Huesca)
Tel.: 974356786
Fax: 974356849
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE TERUEL
Dirección:
C/ Córdoba, 2
44002 – Teruel
(Teruel)
Tel.: 978625000
Tel.: 978625029
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE TERUEL
Dirección:
Pza. San Juan, 31-3ª planta
44001 – Introduzca una ciudad…
(Teruel)
Tel.: 978969171
Fax: 978625042
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.45)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE ZARAGOZA (*)
Dirección:
Obispo Covarrubias s/n
50071 – Zaragoza
(Zaragoza)
Tel.: 976980020
Fax: 976980098
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
OFICINA DE EXTRANJEROS DE CALATAYUD
Dirección:
C/ Coral Bibilitana, s/n
50300 – Calatayud
(Zaragoza)
Tel.: 976889460
Fax: 976889464
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
Fuente: Ministerio del Interior



Detenciones "ilegales" de extranjeros

Una veintena de colectivos sociales, asociaciones vecinales, de inmigrantes, contra el racismo, abogados, La asociación Lanuza-Casco Viejo, SOS Racismo Aragón ,Asociación de Seguimiento y Apoyo a Presos de Aragón (ASAPA), la Red de Apoyo a Sin Papeles de Aragón, la Plataforma de Inmigrantes de Aragón, la asociación de vecinos de la Madalena Calle y Libertad, y la asociación Atarraya, entre otros apoyan un manifiesto denunciando “las prácticas policiales ilegales y discriminatorias que vienen practicando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a personas extranjeras”, sobre todo en el Casco Histórico. El manifiesto se presentará esta tarde en la asociación de vecinos Lanuza-Casco Viejo y se enviará en los próximos días al Justicia de Aragón.

Estas organizaciones denuncian “la identificación de personas extranjeras debido a sus rasgos étnicos, las identificaciones masivas e indicriminadas en la vía pública y las detenciones preventivas de personas con el fin de averiguar su situación administrativa”. “Ninguna de estas tres actuaciones policiales tiene cobertura legal”, aseguran.

Los colectivos piden “la toma de medidas urgentes y concretas para poner fin a las prácticas policiales ilegales y discriminatorias” y confían en la intermediación del Justicia de Aragón.
fuente: heraldo de ARAGÓN

lunes, 19 de marzo de 2012

Oficinas de extranjería en España

 

 
ANDALUCIA
 
Oficina de Extranjeros en Sevilla
Plaza de España, sector II
41071 - SEVILLA
Teléfonos:95 556 95 36 / 37
Fax: 95 556 95 29
Horario:lunes a jueves de 9 a 17,30; viernes de 9 a 14
 
Oficina de Extranjeros en Almería
C/ Marruecos, 1
04071 - ALMERÍA
Teléfono: 950 625 401
Fax: 950 759 310
Horario: Lunes a Jueves de 9h a 17 h. Viernes de 9h a 14,30h
Cita Previa:
* Presentación de solicitudes: 950 625 401 (cita.almeria@map.es)
* Expedición de Tarjeta de extranjeros: 950 625 402 (
cita.almeria@map.es)
 
Oficina de Extranjeros en Cádiz
C/ Acacias, 2 - Planta baja
11071 - CÁDIZ
Teléfono: 956 989 003
Fax: 956 286 082
Horario: lunes a viernes de 09:00 a 14:00h
 
Oficina de Extranjeros en Córdoba
Plaza de la Constitución, 1
14004 - CÓRDOBA
Teléfonos: 957 989 000 / 992 28 (lunes a viernes de 9h a 11h)
Fax: 957 452 114
Horario: lunes a viernes de 9h a 14 h
Cita Previa: lunes a viernes de 9h a 11h
 
Unidad de Extranjeros en Granada
C/ Mirlo (Edificio La Caleta)
18071 - GRANADA
Teléfono: 958 909 317
Fax: 958 203 227
Horario: lunes a jueves de 09:00-17:30 y viernes de 09:00-14 horas
 
Oficina de Extranjeros en Huelva
C/ Fernando el Católico, 14
21071 - HUELVA
Teléfonos: 959 759 068
Fax: 959 251 924
Horario: De 9,00 a 17,00 horas de lunes a viernes
Cita Previa: Presencial
 
Oficina de Extranjeros en Málaga
Virgen del Gran Poder, 40
29071 - MÁLAGA
Teléfono: 95 298 95 02
Fax: 95 298 95 47
Horario: 9:00 a 14:00 horas
Cita Previa: 95 298 95 47 (fax)
 
Oficina de Extranjeros en Jaén
Plaza de las Batallas, 2
23071 - JAÉN
Teléfono:953 999 069
Fax: 953 999 199
Horario: 9h a 14h
Cita Previa: 953 999 060 / 063
 
 
ARAGON

Oficina de Extranjeros en Zaragoza
C/ Obispo Covarrubias, s/n
50071 - ZARAGOZA
Teléfono: 976 980 020
Fax: 976 980 098
Cita Previa:
* por teléfono: 976 980 020
* por internet
 
Unidad de Extranjeros en Teruel
C/ Nicanor Villalta, 22-2º
44071 - TERUEL -
Teléfono: 978 969 119
Horario: De 16,30 a 18,30 hs. Lunes a Viernes
Cita Previa Extranjería Dependencia de Trabajo: 978 969 119
 
Oficina de Extranjeros en Huesca
Santo Grial, 2-3º
22003 - HUESCA
Teléfono: 974 769 002
Fax: 974 244 087
 
 
ISLAS BALEARES
 
Oficina de Extranjeros en Palma de Mallorca
C/ Ciudad de Querétaro, s/n
07007 - PALMA DE MALLORCA
Teléfono: 971 989 170
Fax: 971 989 443
Horario: Lunes a jueves de 9h a 17h. Viernes de 9h a 14h
Cita Previa: 971 989 213 - Residencia y trabajo inicial. Lunes a viernes de 9h a 13h
971 989 218 - Reagrupación familiar. Lunes a viernes de 9h a 13h
 
Unidad de Extranjeros en Ibiza
Paseo Marítimo Juan Carlos I, s/n
07800 - IBIZA
Teléfono: 971 989 055
Fax: 971 317 154
Horario: lunes a viernes de 9h a 14h
 
Unidad de Extranjeros en Menorca
Plaza Miranda, 22
07701 - MENORCA
Teléfono: 971 989 281
Fax: 971 353 737
Horario: lunes a viernes de 9h a 13,30h
 
 
ISLAS CANARIAS

Oficina de Extranjeros en Las Palmas de Gran Canaria
Plaza de la Feria, 24
35071 - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Teléfono: 928 999 260
Fax: 928 363 994
Teléfono de Cita Previa: 928 999 252
 
Oficina de Extranjeros en Santa Cruz de Tenerife
C/ La Marina, 20
38071 - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Teléfonos: 922 999 300 / 301 / 310
Fax: 922 283 248
Horario:
* Lunes a Jueves 9:00 a 17:30 y Viernes de 9:00 a 14:00
* En verano de Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00
Cita Previa: 922 999 337 - citaprevia.sctenerife@map.es
 
Unidad de Extranjeros en Lanzarote
C/ Blas Cabrera Felipe, 6
35500 - ARRECIFE (LANZAROTE)
Teléfonos: 928 991 014/ 015/ 017/ 023/ 024/ 025
Fax: 928 815 315
 
Unidad de Extranjeros de Fuerteventura
C/ Primero de Mayo, 64
35600 - PUERTO DEL ROSARIO (FUERTEVENTURA)
Teléfono: 928 993 000
Fax: 928 851 206
Horario: de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Teléfono de Cita Previa: 928 999 319
Fax de Cita Previa: 928 363 994
 
Unidad de Extranjeros en Santa Cruz de La Palma
Avda. Marítima, 2
38700 - SANTA CRUZ DE LA PALMA
Teléfono: 922 993 004
Fax: 922 416 443
 
Unidad de Extranjeros en San Sebastián de la Gomera
Plaza de las Américas, 2
38800 - SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA
Teléfono: 922 997 002
Fax: 922 141 356
Horario: Lunes a Viernes de 9 a 14h.
 
 
CANTABRIA

Oficina de Extranjeros en Santander
C/ Vargas, 53
39071 - SANTANDER (CANTABRIA)
Teléfono: 942 999 399
Fax: 942 999 389
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Cita Previa: únicamente para las autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena. Para solicitar la cita, el interesado debe entregar cumplimentado el modelo disponible en la Oficina de Extranjeros.
 
 
CASTILLA Y LEON
 
Oficina de Extranjeros en Valladolid
C/ Santuario, 6 - 1º
47002 - VALLADOLID
Teléfonos: 983 999 216 / 217 / 218
Fax: 983 394 648
Horario: de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Teléfono de Cita Previa: 983 999 215 (Autorizaciones de Residencia Temporal y Trabajo por Cuenta Ajena Inicial)
¿Cómo llegar?
* Parada autobús: C/Duque de la Victoria - líneas: 2, 4, 7, 8, 9, 15, 18, B1, B5.
* Parada autobús: Plaza de España - líneas: 2, 3, 4, 6, 6A, 7, 8, 9, 13, 14, 15, 16, 18, B1, B3, P1, P2, P7, P13.
* Parada autobús: C/Santuario - líneas: 3, 6, 6A, 7, 8, 15, 18, B3, P7.
* Parada taxis Plaza España 200 m
 
Oficina de Extranjeros en Ávila
C/ Hornos Caleros, 1
05001 - ÁVILA
Teléfono: 920 759 153
Fax: 920 759 168
Horario: lunes a jueves de 9,00 horas a 17,00 horas
Cita Previa: no
 
Oficina de Extranjeros en Burgos
C/ Vitoria, 34
09071 - BURGOS
Teléfonos: 947 769 068 / 070 / 071
Fax: 947 769 241
Horario: lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas
Cita Previa: no se precisa
 
Unidad de Extranjeros en León
Avda. de Asturias, 4
24008 - LEÓN
Teléfono: 987 969 060
Fax: 987 223 446
Horario: lunes a viernes de 9.00h a 14.00 horas
 
Oficina de Extranjeros en Palencia
Avda. Casado del Alisal, 4
34004 - PALENCIA
Teléfono: 979 999 136
Fax: 979 999 154
Horario: Lunes a jueves de 9 a 17 horas - Viernes de 9 a 14:30 horas
Cita Previa: No
 
Unidad de Extranjeros en Salamanca
Ronda de Sancti Spíritus, 8
37001 - SALAMANCA
Teléfono: 923 759 061
Fax: 923 759 199
Horario:
* lunes a jueves de 9:00 a 17,30h - viernes de 9:00h a 14:30h
* Periodo estival (de 16 de junio a 15 de setiembre): lunes a viernes de 8:00h a 15:00h.
* Cita Previa: No
 
Unidad de Extranjeros en Segovia
Plaza del Seminario, 1
40001 - SEGOVIA
Teléfono: 921 759 134
Fax: 921 759 101
Horario: lunes a viernes de 9h a 14h
Cita Previa: No
 
Unidad de Extranjeros en Soria
C/ Alfonso VIII, 2
42003 - SORIA
Teléfono: 975 759 138
Fax: 975 224 105
Horario: Lunes a Viernes de 9:00h a 14:00h
Cita Previa: No
 
Unidad de Extranjeros en Zamora
Plaza de la Constitución, 1
49001 - ZAMORA
Teléfono: 980 759 148
Fax: 980 530 617
Horario: Lunes a Viernes de 9:00h a 13:00h
Cita Previa: No
 
 
CASTILLA-LA MANCHA
 
Oficina de Extranjeros en Toledo
C/ Alicante, s/n
45071 - TOLEDO
Teléfono: 925 989 250
Fax: 925 211 898
Teléfono Cita Previa: 925 989 177
 
Oficina de Extranjeros en Albacete
C/ Periodista del Campo Aguilar, s/n
02071 - ALBACETE
Teléfono: 967 769 123
Fax: 967 769 159
Horario: Lunes a viernes de 9h a 14h
Cita Previa: Lunes a viernes de 9h a 14h
 
Unidad de Extranjeros en Ciudad Real
C/ Alarcos, 21-Bajo
13071 - CIUDAD REAL
Teléfonos: 926 989 002 / 060
Fax: 926 211 292
Horario: 9h a 14h
Cita Previa: 926 989 061 / 081 de 9h a 13h
 
Unidad de Extranjeros en Cuenca
C/ Lorenzo Hervás y Panduro, 4
16071 - CUENCA
Teléfono: 969 759 000
Fax: 969 239 038
Horario: 9h a 13,30h
 
Oficina de Extranjeros en Guadalajara
Paseo Fernández Iparraguirre, 8
19071 - GUADALAJARA
Teléfonos: 949 759 090 / 111
Fax: 949 222 056
Cita Previa: de 9h a 10h - 949 759 111


CATALUÑA
 
Oficina de Extranjeros en Barcelona:
Av. Marquès d’Argentera, 4
08003 - BARCELONA
Teléfono: 93 520 14 10
Fax: 93 520 93 88
Accesos:

Metro: L4 <Barceloneta>
Autobuses: 14,17,39,40,45,59
RENFE estación de Francia.
Cita previa (disponible para algunos trámites):
Por Internet (Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial y autorización de residencia para deportistas profesionales)
Por correo electrónico:
modificaciones_cita.barcelona@map.es (Autorización de trabajo por reagrupación familiar)
citaept_oue.barcelona@map.es (Prestaciones transnacionales de servicios, reconocimiento de la excepción a la autorización de trabajo y modificación de estancia por estudios a exceptuación de trabajo)
Por fax: 93 520 93 96 (Autorización de residencia por reagrupación familiar y Autorización de residencia para menores no nacidos en España hijos de residente legal) 93 520 93 88 (Autorización de residencia por circunstancias excepcionales y Autorización de residencia por arraigo)
 
Oficina de Extranjeros en Girona:
Avda. Jaume I, 17
17001 - GIRONA
Teléfono: 972 069 140
Fax: 972 069 163
Telefono cita previa: no
 
Unidad de Extranjeros en Tarragona:
Plaza Imperial Tárraco, 3
43005 - TARRAGONA
Teléfono: 977 999 149
Fax: 977 999 172
Cita Previa: Fax: 977 999 172, de 9:00 a 18:00 horas.
Accesos: Estación Autobuses - Plaza Imperial Tárraco, 5. Transporte urbano.
 

Oficina de Extranjeros en Lleida:
Prat de la Riba, 36
25008 - LLEIDA
Teléfono: 973 959 230
Fax:973 243 429
Cita Previa: 973 237 850
973 959 212 (Iniciales de trabajo y residencia)
Accesos: RENFE, autobuses.
 
 
EXTREMADURA
 
Oficina de Extranjeros en Badajoz
Avda. Europa, 1
06071 - BADAJOZ
Teléfonos de Cita Previa: 924 979 447 / 556
Fax: 924 979 145
 
Oficina de Extranjeros en Cáceres
Avda. Virgen de la Montaña, 3
10071 - CÁCERES
Teléfono de Cita Previa: 927 749 083
Fax: 927 226 599
 
 
GALICIA
 
Oficina de Extranjeros en A Coruña
Calle Real, 53, bajo
15071 - A CORUÑA
Teléfono: 981 989 327
Fax: 981 989 352
Horario: de 9:00 a 14:00 horas
 
Oficina de Extranjeros en Lugo
C/ Río Neira, 19-23
27002 - LUGO
Teléfono: 982 759 079
Fax: 982 231 234
 
Oficina de Extranjeros en Ourense
Parque San Lázaro, 1
32003 - OURENSE
Teléfonos: 988 759 117 / 82 / 20
Fax: 988 372 442
 
Oficina de Extranjeros en Pontevedra
Plaza de España, s/n
36002 - PONTEVEDRA
Teléfono: 986 989 250
Fax: 986 989 232
 
Unidad de Extranjeros en Vigo
Avda. Cánovas del Castillo, 18
36202 - VIGO (PONTEVEDRA)
Teléfono: 986 222 477
Fax: 986 438 455
 
 
MADRID
 
Unidad de Extranjeros en la Calle Serrano
C/ Serrano, 69
28006 - MADRID
Teléfono: 91 272 94 00
Cita Previa por internet
 
Unidad de Extranjeros en la Calle García de Paredes
C/ García de Paredes, 65
28010 - MADRID
Teléfono: 91 272 91 71
Fax: 91 272 91 90
Horario: de 9:00 a 14:00 h y de 15:00 a 17:30 h de lunes a jueves; y de 9:00 a 14:00 h los viernes.
e-mail:
rfamiliar.madrid@map.es (reagrupación familiar)
menores.madrid@map.es (residencia de menores)
Cita previa. 902 11 11 44
 
Unidad de Extranjeros en la Calle Manuel Luna
C/ Manuel Luna,
29
28020 - MADRID
 
Unidad de Extranjeros en la Calle Sebastián Francisco
C/ Sebastián Francisco, 2
28022 - MADRID
 
Unidad de Extranjeros en Alcobendas
C/ del Fuego, 26
28100 - ALCOBENDAS (MADRID)
Teléfonos: 91 651 90 03 / 06
(sólo para extranjeros y empresarios residentes en los municipios de la zona norte de Madrid)
 
Unidad de Extranjeros en Leganés
C/ San Nicasio, 31

28911 - LEGANÉS (MADRID)
Teléfono: 91 272 93 77
(su distribución no es zonal, puesto que es una oficina delegada, sino material)
 
 
MURCIA
 
Oficina de Extranjeros en Murcia
Avda. Ciudad de Almería, 33
30010 - MURCIA
Teléfono: 968 989 700
Horario: lunes a Jueves de 9h a 17h. Viernes de 9h a 14h
 
 
NAVARRA
 
Unidad de Extranjeros en Pamplona
Avda. de Bayona, 2 bajo
31071 - PAMPLONA (NAVARRA)
Teléfono: 948 979 335
Fax: 948 177 543
Horario: lunes a viernes de 9h a 14h
Cita Previa: 948 979 333
 
 
PAIS VASCO
 
Unidad de Extranjeros en Vitoria - Gasteiz
C/ General Álava, 10 - 2º Piso
01071 - VITORIA - GASTEIZ (ÁLAVA)
Teléfonos: 945 759 418 / 419
Fax: 945 230 662
Horario: Lunes a Viernes - de 9:00 a 14:00 horas
Cita Previa: 945 759 418 - 945 759 419
 
Unidad de Extranjeros en Bilbao
Gran Vía D. Diego López de Haro, 50 - 2ª planta
48071 - BILBAO (VIZCAYA)
Teléfono: 94 450 94 35
Fax: 94 450 94 53
Horario: de 9.00 a 17.30 horas de lunes a viernes - de 9.00 a 14.00 horas los sábados
 
Unidad de Extranjeros en Donostia - San Sebastián
Podavines, nº 1-3º
20071 - DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN (GUIPÚZCOA)
Teléfonos: 943 989 110 / 20 /22
Fax: 943 459 610
Horario: 9 a 17,30
Cita Previa: 943 989 110 / 20 /22
 
 
LA RIOJA
 
Oficina de Extranjeros en Logroño
C/ Pérez Galdós, 29
26071 - LOGROÑO (LA RIOJA) -
Teléfono: 941 759 214
Fax: 941 228 898
Horario: 9:00h a 14:00h
Cita Previa: Teléfono 941 759 218
 
 

COMUNIDAD VALENCIANA
 
Oficinas de Extranjeros en Valencia
Teléfonos: 96 307 92 50 / 51
Fax: 96 307 92 52 / 00 66
Dirección (según servicio):
C/ Los Maestres, 2
46003 - VALENCIA
(Iniciales de residencia y trabajo; arraigos, asilo; expulsiones )
Horario:
 lunes a jueves de 9 a 17h ininterrumpido - Viernes de 9 a 14 h.
Período estival (16 de Junio a 15 de Septiembre): lunes a viernes de 8:30 a 14:30h
C/ Joaquín Ballester, 39
46009 - VALENCIA
(Comunitarios)
Horario: lunes a viernes de 9h a 14 h.
Avda. Constitución,106-108
46009 - VALENCIA
(Renovaciones de residencia y trabajo; reagrupación familiar; regreso)
Horario: lunes a viernes de 9h a 14 h.
Cita Previa: Arraigo: citap.valencia@map.es
 Rumanos y Búlgaros:
citabr.valencia@map.es
Reagrupación familiar:
oue4.valencia@map.es
Resto de servicios, sin cita previa.
 
Oficina de Extranjeros en Alicante
C/ Ebanistería, 4 y 6 (Polígono de Babel)
03071 - ALICANTE
Teléfono: 96 501 93 00
Fax: 96 501 93 01
Cita Previa: 96 501 94 55
 
Unidad de Extranjeros en Castellón
Avda. Casalduc, 37
12005 - CASTELLÓN
Teléfono: 964 75 92 50
Fax: 964 21 50 08
 
 
CEUTA Y MELILLA
 
Oficina de Extranjeros en Ceuta
Avda. Otero Edificio Mutua, s/n
51002 - CEUTA
Teléfonos: 956 984 440
Fax: 956 508 949
Horario: 09:00 horas a 14:00 horas
Cita Previa: no
 
Oficina de Extranjeros en Melilla
Paseo Alcalde Rafael Ginel, s/n
52001 - MELILLA
Teléfono: 95 299 10 00
Fax: 95 299 11 25
Horario: 9:00h - 17:00 h.
Cita Previa: no
 
 
PRINCIPADO DE ASTURIAS
 
Oficina de Extranjeros en Asturias
Plaza de España, 6
33071 - OVIEDO (ASTURIAS)
Teléfonos: 98 476 93 49 / 50 / 30
Fax: 98 476 93 27
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14.00
Cita Previa:
 por teléfono: 98 524 64 14 / 15 por internet

CITA PREVIA EXTRANJERIA

SOLICITA CITA PREVIA DE EXTRANJERIA EN LA WEB DEL  MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, http://www.seap.minhap.gob.es/servicios/extranjeria.html

Desde esta sección tendrás acceso a la sede electrónica del Ministerio, desde la que podrá hacer los trámites o solicitar información sobre el estado de su expediente.
También podrás obtener información sobre los trámites de extranjería, la documentación necesiaria y los impresos para las solicitudes de renovación de las autorizaciones de extranjería.
Además, se podrán realizar los trámites más comunes que los ciudadanos, tanto comunitarios como no comunitarios, deben realizar según la situación en la que se encuentren, así como acceder a los modelos oficiales de solicitudes y formularios para la realización de trámites administrativos de extranjería.

ASPECTOS PRÁCTICOS DEL DERECHO DE EXTRANJERÍA

ASPECTOS PRÁCTICOS DEL DERECHO DE EXTRANJERÍA


Organiza: La Comisión de Formación del Real e Ilustre Colegio de Abogados de
Zaragoza.
Ponente: Doña Marga Blanco (Excoordinadora del S.A.O.J.I.).
Lugar: Salón de Decanato (Planta 2ª).
Fechas: 11, 18 y 25 de abril, y 2 de mayo.
Horario: 16:00 a 18:00 horas.
Plazas: Limitadas al aforo.
Inscripción: 40 euros.

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Derecho Migratorio Europeo


Curso online de especialización sobre "Derecho Migratorio de la Unión Europea"
Diploma de la Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza. (360 horas, 16 créditos ECTS)
Directores: Ángel G. Chueca Sancho, Catedrático de Derecho Internacional Público y RR.II. Universidad de Zaragoza y Pascual Aguelo Navarro, Abogado, Presidente de la Subcomisión de Extranjería del CGAE.
El curso comenzará el 15 de marzo de 2012. Leer más...

domingo, 18 de marzo de 2012

los permisos de trabajo disminuyen en Aragon, las expulsiones aumentan

 Según datos de la Delegación del Gobierno en Aragón, sumando algunos de los principales trámites relacionados con la inmigración --residencia, permiso de trabajo, estudios, etc.-- los expedientes se han reducido un 77% desde el 2008 hasta aquí, teniendo en cuenta la proyección del 2012 con datos hasta el 8 de marzo.

El descenso más brusco tuvo lugar del 2008 al 2009, ya que en el año de la Expo se produjo la regularización masiva de inmigrantes del Gobierno de Zapatero. Ese año se iniciaron en Aragón 65.776 trámites de residencia, trabajo y estudios, mientras que al siguiente la cifra bajó en un 53%, hasta quedarse en los 35.437. Desde entonces, la bajada, aunque constante, ha sido más paulatina, en un global de 18% desde el 2009 hasta el 2011, último año con estadísticas cerradas, en el que se registraron 29.806 de estas solicitudes.

 De entre los diversos trámites de extranjería, el descenso más notable es el de los permisos iniciales de trabajo y residencia temporal. Con la proyección de este año --y no parece que las circunstancias económicas vayan a propiciar un aumento del ritmo de solicitudes--, del 2008 hasta aquí van a bajar casi en su totalidad, un 98%. De 14.346 en 2008 a una previsión de 301 en el año actual. También en este epígrafe la caída más fuerte fue del 2008 al 2009 --un 93%--, pero el desplome ha continuado de ese año al 2011, en el que hubo 533. Un descenso parcial del 48%.
El resto de peticiones relacionadas con empleo y residencia tampoco se salvan de la caída. Las solicitudes de renovación de trabajo con residencia temporal pasaron de las 14.288 del 2008 a las 7.159 del año siguiente --un 50% de bajada--, y respecto a las que se prevén este año (4.252) suponen una caída global del 71%. Desde el 2009 el ritmo de descenso ha sido del 32%.
Algo similar ocurre con los expedientes para obtener residencia en la Unión Europea por parte de ciudadanos extracomunitarios, con casi 22.000 en el 2008, 12.500 al año siguiente (un 43% menos) y casi 5.000 previstas este año. Otra considerable caída total del 78% en el último lustro.

 Las cifras acreditan de sobra que los inmigrantes van perdiendo el acicate para solicitar trabajo en España. Pero también demuestran que, los que sí han conseguido estabilizarse y comenzar una nueva vida en Aragón luchan por quedarse. De entre las estadísticas ofrecidas por la Delegación del Gobierno, los puntos que más se relacionan con este fenómeno --las solicitudes de residencia de larga duración y la residencia de familiares comunitarios-- son las únicas que experimentan crecimientos, notables además.
En las primeras, desde las 2.203 del 2008 hemos pasado a las 5.807 previstas para el 2012, un aumento del 163% en cuatro años. En este epígrafe el pico estuvo entre el 2009 y el 2010, cuando crecieron de 4.723 a 10.656; esto podría explicarse también a raíz de la regulación masiva del Gobierno socialista, por los que consiguieron las autorizaciones iniciales que luego les posibilitaron solicitar las de larga duración.
Las solicitudes de residencia para familiares comunitarios --equiparables a las reagrupaciones familiares, según fuentes de la delegación-- son el segundo elemento de entre las solicitudes que crece, concretamente un 53%, desde las 1.925 del 2008 a las 2.470 que se darían, de seguir la proyección actual, este año.


931 expulsiones de inmigrantes se iniciaron el año pasado en Aragón. Este año, de continuar la tendencia --eran 179 el 8 de marzo--, serían 963, lo que supondría un pequeño repunte de procesos sancionadores. En cualquier caso, sería un 41% de reducción respecto al 2008, cuando se tramitaron 1.365. Estos expedientes, por falta administrativa se abren a los inmigrantes que carecen de permiso de residencia válido, e incluyen a aquellos que han cometido delitos cuya pena no supera los seis años de prisión. La legislación establece que en estos casos se puede conmutar la pena de cárcel por la expulsión y la prohibición de regresar a España en unos años.

 FUENTE ELPERIODICO DE ARAGON

jueves, 15 de marzo de 2012

Requisitos económicos para reagrupar a cónyuges e hijos



Uno de los requisitos para autorizar la  reagrupación de familiares  es la justificación de los medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
.
El  artículo 54 establece:
a) Para el primer familiar, se debe comprobar que se percibe un ingreso de por lo menos el 150% del IPREM.  798,76 euros.
b) Para cada familiar adicional, de debe acreditar que se cuenta con una cantidad equivalente al 50% del IPREM, 266,25 euros adicionales.
Además debe existir una perspectiva concreta de mantenimiento de los ingresos declarados en el año posterior a la solicitud de la autorización. Además, se toma siempre en cuenta la evolución de los medios económicos del reagrupante en los 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

Por otro lado, el promotor que no cumpla con el mínimo económico, podría ser beneficiado de la cláusula de flexibilización de la cuantía cuando reagrupe a sus hijos menores en aplicación del Interés Superior del menor.

martes, 13 de marzo de 2012

REGLAMENTO (UE) N.º 154/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 15 DE FEBRERO DE 2012, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO (CE) N.º 810/2009, POR EL QUE SE ESTABLECE UN CÓDIGO COMUNITARIO SOBRE VISADOS (CÓDIGO DE VISADOS) (DOUE L 58, DEL 29)


EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 77, apartado 2, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (1),


Considerando lo siguiente:

(1)  Es necesario aclarar las normas sobre el tránsito por las zonas internacionales de los aeropuertos, a fin de garantizar la seguridad jurídica y la transparencia.

(2)  Los nacionales de terceros países sujetos a la obligación de visado de tránsito aeroportuario en virtud del artículo 3, apartados 1 y 2, del Reglamento (CE) n.º 810/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por el que se establece un Código comunitario sobre visados (Código de visados) (2) que sean titulares de un visado válido expedido por un Estado miembro, Canadá, Japón o los Estados Unidos de América o que posean un permiso de residencia válido expedido por un Estado miembro, Andorra, Canadá, Japón, San Marino o los Estados Unidos de América, están exentos del requisito de visado de tránsito aeroportuario. Debe aclararse que esta exención también se aplica a los titulares de visados o permisos de residencia válidos expedidos por los Estados miembros que no participaron en la adopción del Reglamento (CE) n.º 810/2009 y por los Estados miembros que todavía no aplican en su totalidad las disposiciones del acervo de Schengen.

Nota
(3)  Por lo que se refiere a aquellos nacionales de terceros países que sean titulares de un visado válido, la exención debe aplicarse cuando viajen al país de expedición o a cualquier otro tercer país y cuando regresen del país de expedición tras haber utilizado el visado.

(4)  Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, aclarar las normas sobre el tránsito por las zonas internacionales de los aeropuertos, no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, puede lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar ese objetivo.

(5)  Por lo que respecta a Islandia y Noruega, el presente Reglamento constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en el sentido del Acuerdo celebrado por el Consejo de la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (3), que entran en el ámbito mencionado en el artículo 1, letra B, de la Decisión 1999/437/CE del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativa a determinadas normas de desarrollo de dicho Acuerdo (4).

Nota
(6)  Por lo que respecta a Suiza, el presente Reglamento constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen, en el sentido del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (5), que entran en el ámbito mencionado en el artículo 1, letra B, de la Decisión 1999/437/CE, leído en relación con el artículo 3 de la Decisión 2008/146/CE del Consejo (6).

Nota
(7)  Por lo que respecta a Liechtenstein, el presente Reglamento constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen, en el sentido del Protocolo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein sobre la adhesión del Principado de Liechtenstein al Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (7), que entran en el ámbito mencionado en el artículo 1, letra B, de la Decisión 1999/437/CE, leído en relación con el artículo 3 de la Decisión 2011/350/UE del Consejo (8).

Nota
(8)  De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo (n.º 22) sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción del presente Reglamento, y no queda vinculada por el mismo ni sujeta a su aplicación. Dado que el presente Reglamento desarrolla el acervo de Schengen, Dinamarca, de conformidad con el artículo 4 de dicho Protocolo decidirá, dentro de un período de seis meses a partir de que el Consejo haya tomado una medida sobre el presente Reglamento, si lo incorpora a su legislación nacional.

(9)  El presente Reglamento constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que el Reino Unido no participa, de conformidad con la Decisión 2000/365/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre la solicitud del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (9), por lo tanto, el Reino Unido no participa en su adopción y no queda vinculado por el mismo ni sujeto a su aplicación.

Nota
(10)  El presente Reglamento constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa, de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2002, sobre la solicitud de Irlanda de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (10); por lo tanto, Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por el mismo ni sujeta a su aplicación.

Nota
(11)  Por lo que se refiere a Chipre, el presente Reglamento constituye un acto que desarrolla el acervo de Schengen o está relacionado con él de otro modo en el sentido del artículo 3, apartado 1, del Acta de adhesión de 2003.

(12)  Por lo que se refiere a Bulgaria y Rumanía, el presente Reglamento constituye un acto que desarrolla el acervo de Schengen o está relacionado con él de otro modo en el sentido del artículo 4, apartado 1, del Acta de adhesión de 2005.

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Documentos relacionados

Artículo 1.-En el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) n.º 810/2009, las letras b) y c) se sustituyen por el texto siguiente:

«b)  los nacionales de terceros países titulares de un permiso de residencia válido expedido por un Estado miembro que no participe en la adopción del presente Reglamento o por un Estado miembro que todavía no aplique las disposiciones del acervo de Schengen en su totalidad, o titulares de uno de los permisos de residencia válidos enumerados en el anexo V, expedidos por Andorra, Canadá, Japón, San Marino o los Estados Unidos de América que garanticen la readmisión incondicional del titular;

c)  los nacionales de terceros países titulares de un visado válido para un Estado miembro que no participe en la adopción del presente Reglamento o para un Estado miembro que todavía no aplique las disposiciones del acervo de Schengen en su totalidad, Canadá, Japón o los Estados Unidos de América, cuando viajen al país emisor o a cualquier otro tercer país, o cuando, tras haber utilizado el visado, regresen del país emisor;».

Artículo 2.-El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro, de conformidad con los Tratados.

lunes, 12 de marzo de 2012

DOBLE NACIONALIDAD

El artículo 11.3 de la Constitución Española de 1978 establece que el Estado español podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos, o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. Además, el mismo artículo de la Constitución establece que  los españoles podrán naturalizarse en esos países sin perder la ciudadanía española.


No es necesario que renuncien a su nacionalidad quienes fueran naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas,Guinea Ecuatorial o Portugal. Se consideran países iberoamericanos a estos efectos aquéllos en los que el español o el portugués sean una de las lenguas oficiales.

Recursos para extranjeros en Zaragoza

Accede a la información que el Ayuntamiento de Zaragoza a través del CIPAJ ofrece como recursos para los extranjeros que residan en Zaragoza. Información relativa a:


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domingo, 11 de marzo de 2012

CARTA-INVITACIÓN DE UN PARTICULAR A UN EXTRANJERO OTORGADA ANTE NOTARIO

CARTA DE INVITACIÓN OTORGADA POR DON………

NÚMERO DE PROTOCOLO
(Lugar y Fecha)
Ante mí, D……………………, Notario del Ilustre Colegio de…………, con residencia en……………,
COMPARECE

DON…………………, mayor de edad, domiciliada en…………………con DNI o NIE……………
Me aseguro de su identidad por exhibición de su reseñado documento de identidad.
INTERVENCIÓN

Interviene en su propio nombre y derecho. En tal sentido le juzgo con interés legítimo para este acta, y EXPONE

A invitación de Don…………………………tiene intención de venir a España para una estancia de un mes aproximadamente doña……………………, de nacionalidad………………………, con residencia en………………………, con nº de pasaporte……………………, con la que le une una amistad desde hace diez años. La invitación se realiza por el tiempo de un mes siendo alojado el invitado en el domicilio sito en…………………………, haciéndose cargo desde el mismo momento de la llegada.
DISPOSICIÓN

Primera:- La parte otorgante, a todos los efectos legales pertinentes, entre ellos los del expediente de visado de estancia, garantiza y se responsabiliza del cumplimiento de cada uno de los supuestos contenidos en las letras a), b), c) y d) del apartado 1 del artículo 11 del Real Decreto 864/2001, de 20 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de extranjería, a saber:
a).- El objetivo del viaje y las condiciones de estancia prevista.
b).- La disposición de medios de subsistencia suficientes para el período que se solicita, incluido, en su caso, el ser beneficiario del seguro de viaje, que se indican en el citado Real Decreto.
c).- La disposición de alojamiento en España durante la estancia.
d).- Y las garantías de retorno.
El compromiso que contrae Don……………………, aquí compareciente, implica que éste se obliga a costear todos los gastos que la estancia en España de doña………………pudiere ocasionar, responsabilizándose por tanto, entre otros, de los que genere su alojamiento, manutención y asistencia sanitaria, así como de la existencia, en su caso, de un seguro de viaje que cubra, durante todo el período de estancia los gastos médicos y la repatriación asociados a un accidente o a una enfermedad repentina, y, en su caso, los de regreso al país de procedencia o tránsito hacia un Estado tercero en el que su admisión esté garantizada, de forma que en ningún caso pueda representar una carga pública.
Segunda.- El compareciente, además, se responsabiliza de que doña………………no trabaje en España —salvo que en el ejercicio de su actividad cumpla las normas establecidas— y se compromete a satisfacer de su cuenta los gastos que ocasionen o se deriven de actos ilícitos que pudiera realizar la invitada.
Tercera.- Manifiesta el compareciente que para afrontar los gastos derivados del compromiso que asume, cuenta con medios económicos suficientes y que en los últimos seis meses no ha formalizado ningún compromiso de invitación o cualquier otro documento con finalidad igual o semejante al que hoy suscribe, y con independencia a la persona a la que afecta.
OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN

Quedan hechas las advertencias legales, en especial sobre las obligaciones, derechos y advertencias contenidas en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal……
Le leo a la compareciente íntegramente y en alta voz este acta, previa renuncia al derecho a hacerlo por sí, la encuentra conforme y firma conmigo, el Notario, la presente acta extendida en………folios de papel exclusivo para documentos notariales números…………Signado:………

Listado de embajadas y consulados españoles.

ARGENTINA
Buenos Aires.
Agregaduría de Defensa:
Dirección: Avda. Presidente Figueroa Alcorta, 3211/17.- 1425 Buenos Aires.
Teléfono: 4802 0218 y 4803 1001.
Fax: 4803 8118. Consejería de Educación y Ciencia:
Dirección: Av. de Mayo, 1212, 1.º.
Teléfono: 4384 0697 y 4384 0698.
Fax: 4384 0699.

Oficina Cultural:
Dirección: Paraná, 1159.-1018 Buenos Aires.
Teléfono: 4812 0024/25/26.
Fax: 4812 0028.
Email: oficultural@infovia.com.ar

Oficina Laboral:
Dirección: Viamonte, 166, 1.º-1053 Buenos Aires.
Teléfono: 4312 2390 y 4311 1748.
Fax: 4311 0909.

Oficina de Agricultura, Pesca y Alimentación:
Dirección: Avda. Corrientes, 456, 7.º, oficina 71.-1043 Buenos Aires.
Teléfono: 4326 3480, 4326 3485 y 4394 9985.
Fax: 4326 3480, 4326 3485 y 4394 9985.

Consejería de Información y Prensa:
Dirección: Mariscal Ramón Castilla, 2720.-1425 Buenos Aires.
Teléfono: 4802 6031/32.
Fax: 4805 5959.
Email: consinfe@infovia.com.ar

Consejería de Economía y Comercio:
Dirección: Avda. Leandro N. Alem, 690, 6.º, esquina a Viamonte.- 1001 Buenos Aires.
Teléfono: 4311 4944/45/46 y 4312 0779.
Fax: 4312 6619.
Télex: 21827 OFCOME AR.

Oficina Española de Turismo:
Dirección: Carlos Pellegrini,1163, 3.º-1009 Buenos Aires.
Teléfono: 4328 9664, 4328 9619, 4328 9608 y 4328 6798.
Fax: 4328 9015.

CONSULADOS

BAHÍA BLANCA
Cancillería:
Dirección: L.M. Drago, 64/70.-8000 Bahía Blanca.
Teléfono: 452 25 49 y 452 33 47.
Fax: 451 33 30.
Email: cogesp.bhbl@correo.mae.es

CÓRDOBA
Cancillería:
Dirección: Bulevar Chacabuco, 875.-5000 Córdoba. Apartado Postal: Casilla de Correos 170.
Teléfono: 469 74 90, 469 16 02 y 460 87 00.
Fax: 469 16 02.
Email: conespacordoba@correo.mae.es

BUENOS AIRES
Cancillería:
Dirección: Guido, 1760.-1016 Buenos Aires.
Teléfono: 4811 0070 y 4811 4070.
Fax: 4811 0079.
Email: consulado.buenosaires@correo.mae.es

ROSARIO
Cancillería:
Dirección: Santa Fe, 768/774.-2000 Rosario (Provincia de Santa Fe). Apartado Postal: Casilla de Correos 485.
Teléfono: 447 01 00 (líneas rotativas). Teléfono de Guardia: 155-52 81 29.
Fax: 447 02 00.
Email: consespros@correo.mae.es

MENDOZA
Cancillería:
Dirección: Agustín Álvarez, 455.-5500 Mendoza.
Teléfono: 425 39 47 y 425 84 83.
Fax: 438 01 25.
Email: cgmendoza@correo.mae.es
Web: Consulado General de España en Santiago de Chile
_________________________________________________________________
BOLIVIA.

LA PAZ
Cancillería:
Dirección: Avda. 6 de Agosto, 2827.-La Paz. Casilla de Correos: 282.
Teléfono: 243 35 18, 243 01 18 y 243 12 03.
Fax: (5912) 211 32 67.
Email: embespbo@correo.mae.es y embespa@ceibo.entelnet.bo

Oficina Técnica de Cooperación AECI:
Dirección: Cap. Ravelo, 2161.-La Paz.
Teléfono: 44 34 34.
Fax: 44 11 38.

Centro Iberoamericano de Formación AECI:
Dirección: Arenales, 583. Casilla 2291.- Santa Cruz de la Sierra.
Teléfono: (3) 35 13 11 y 35 13 22.
Fax: (3) 32 22 17 y 32 88 20.
Email: cultura@cif.aeci.org.bo
Web: http://www.aeci.org.bo
____________________________________________________________________
BRASIL

BRASILIA
Cancillería:
Dirección: SES Av. das Nações, Q. 811, Lt. 44.-70429-900 Brasilia, D.F.
Teléfono: 244 21 21, 244 20 23, 244 27 76 y 244 21 45. Móvil Emergencia Consular: 9961 0583.
Fax: 242 17 81 y 244 23 81.
Email: embespbr@correo.mae.es

Consulados

PORTO ALEGRE, RS
Cancillería:
Dirección: Rua Eng.º Ildefonso Simões Lopes, 85.-91330-180 Porto Alegre (RS).
Teléfono: 3338 13 00, 3338 16 67 y 3338 46 57.
Fax: 3338 14 44.
Email: cgesppalegre@correo.mae.es

SALVADOR-BAHÍA
Cancillería:
Dirección: Rua Marechal Floriano, 21.-Canela.-40110-010 Salva-dor-Bahía (BA).
Teléfono: 336 90 55 y 336 19 37.
Fax: 336 02 66.
Email: consesp.sbahia@correo.mae.es

RÍO DE JANEIRO, RJ
Cancillería:
Dirección: Lauro Müller, 116. Salas 1601/2. Torre Río Sul.-Botafogo.-22290-160 Río de Janeiro (RJ).
Teléfono: 2543 32 00.
Fax: 2543 30 96.
Email: cgespriojan@correo.mae.es

SÃO PAULO, SP
Cancillería:
Dirección: Av. Bernardino de Campos, 98, 1.º andar.-04004-040 São Paulo (SP).
Teléfono: centralita: 3059 1800.
Fax: 3889 8412.
_________________________________________
CHILE.
SANTIAGO DE CHILE
Cancillería:
Dirección: Av. Andrés Bello, 1895. Providencia.-Santiago de Chile.
Teléfono: 235 27 54/55/61 y 235 78 19.
Fax: 236 15 47 y 235 10 49.
Email: embespcl@correo.mae.es

Consulado

SANTIAGO DE CHILE
Cancillería:
Dirección: Av. 11 de Septiembre, 2353, 9.º-Santiago. Casilla Postal: 16229.
Teléfono: 233 40 70.
Fax: 234 30 24.
Email: cgespsantiago@correo.mae.es
_____________________________________________    
COLOMBIA

SANTAFÉ DE BOGOTÁ
Cancillería:
Dirección: Calle 92, n.º 12-68.-Bogotá. Apartado Aéreo: 90355.
Teléfono: 635 02 18 y 622 00 90. Teléfono Asuntos Culturales: 22 00 81.
Fax: 621 08 09. Correo electrónico: embespco@correo.mae.es

CONSULADO EN SANTAFÉ DE BOGOTÁ
Cancillería:
Dirección: Calle 94A, n.º 11A-70.-Bogotá D.C.
Teléfono: 622 61 19.
Fax: 622 61 21.
____________________________________________________
COSTA RICA

SAN JOSÉ DE COSTA RICA
Cancillería:
Dirección: Calle 32 (entre Paseo Colón y Avenida Segunda).-San José. Apartado de Correos: 10150.-1000 San José.
Teléfono: 222 57 45, 221 70 05 y 222 19 33.
Fax: 222 41 80.
Email: embespcr@correo.mae.es
________________________________________________________
CUBA
Embajada LA HABANA
Cancillería:
Dirección: Cárcel, 51 (esquina a Zulueta).-La Habana-10100. Apartado Postal: 845.
Teléfono: 33-8025, 33-8026, 33-8031, 33-0250 y 33-0251.
Fax: 33-8006.
Email: embespcu@correo.mae.es

Consulado
LA HABANA
Cancillería:
Dirección: Cárcel, 51, esquina a Zulueta.-La Habana-10100. Apartado Postal: 702.
Teléfono: centralita: 33-8029 y 33-8030.
Fax: 33-8015.
Email: cgesphabana@correo.mae.es
_________________________________________________________
REPUBLICA DOMINICANA

SANTO DOMINGO
Cancillería:
Dirección: Av. Independencia, 1205.-Santo Domingo. Apartado de Correos 1468.
Teléfono: 535-6500.
Fax: 535-1595.
Email: embespdo@mail.mae.es

Consulado

SANTO DOMINGO
Cancillería:
Dirección: Av. Independencia, 1205.-Santo Domingo.
Teléfono: 535-1615 (Ext. 241).
Fax: 535-1550.
Email: cgespsandomingo@correo.mae.es
_____________________________________________________________
ECUADOR
EN QUITO
Cancillería:
Dirección: Calle la Pinta 455 y Amazonas. Apartado de Correos: 17-01-9322.
Teléfono: 256 43 73, 256 43 77 y 256 43 90.
Fax: 250 08 26 y 223 47 18. Teléfono Sección Consular: 256 43 73, 256 43 77 y 256 43 90.
Email: embespec@correo.mae.es
_____________________________________________________________
EL SALVADOR
EMBAJADA EN SAN SALVADOR
Cancillería:
Dirección: Calle La Reforma, 164 bis. Colonia San Benito.-San Salvador. Apartado de Correos: 496.
Teléfono: 257 57 00/01/02/03/04.
Fax: 257 57 13 y 257 57 12.
Email: embespsv@correo.mae.es
____________________________________________________________
GUATEMALA

GUATEMALA
Cancillería:
Dirección: 6a. Calle 6-48, Zona 9.
Teléfono: 379 35 30.
Fax: 379 35 33.
Email: embespgt@correo.mae.es
_____________________________________________________________
HONDURAS

EMBAJADA EN TEGUCIGALPA
Cancillería:
Dirección: Calle Santander, 801. Colonia Matamoros.-Tegucigalpa, D.C. Apartado de Correos: 3221. Tegucigalpa, D.C.
Teléfono: 236 68 75, 236 65 89 y 236 68 65.
Fax: 236 86 82 y 221 09 80
Email: embesphn@correo.mae.es
_____________________________________________________________
MEXICO

EMBAJADA EN MÉXICO
Cancillería:
Dirección: Galileo, 114 (esq. Horacio) Colonia Polanco.-11560 México, D.F. Teléf.: (52.55.5) 282 29 74, 282 22 71, 282 24 59, 282 27 63 y 282 29 82.
Fax: 282 13 02 y 282 15 20.
Email: embespmx@correo.mae.es

Consulado

CONSULADO EN GUADALAJARA
Cancillería:
Dirección: Torre Sterling "Mezzanine izquierdo", calle Francisco de Quevedo, 117.-44130, Sector Juárez, Guadalajara, Jalisco (México).
Teléfono: 36 30 04 50, 36 30 08 22, 36 30 04 66.
Fax: 36 16 03 96.
Email: cgespguadalajara@correo.mae.es

CONSULADO EN MÉXICO
Cancillería:
Dirección: Galileo, 114 (esq. Horacio) Colonia Polanco.-11560 México, D.F.
Teléfono: : 52 80 43 83, 52 80 45 08, 52 80 46 33, 52 80 47 58 y 52 80 48 83.
Fax: 52 81 07 42.
Email: cgespmex@correo.mae.es
______________________________________________________
NICARAGUA
EMBAJADA EN MANAGUA
Cancillería:
Dirección: Av. Central, 13. Las Colinas.-Managua. Apartado de Co- rreos: 284.
Teléfono: 276 09 66-PBX (4 líneas), 276 09 67, 276 09 68 y 276 09 69.
Fax: 276 09 37.
Email: embespni@correo.mae.es
_________________________________________________________
PANAMA

EMBAJADA EN PANAMÁ
Cancillería:
Dirección: Plaza de Belisario Porras, entre Av. Perú y Calle 34.-Panamá. Apartado de Correos: 1857. Zona 1.
Teléfono: 227 51 22, 227 54 72, 227 57 48 y 225 05 49.
Fax: 227 62 84 y 227 49 26.
Email: embesppa@correo.mae.es
___________________________________________________________
PARAGUAY
EMBAJADA EN ASUNCIÓN
Cancillería:
Dirección: Edificio S. Rafael, 5.ª y 6.ª plantas. Calle Yegros, 437.-Asunción.
Teléfono: 490 686 y 490 687.
Fax: 445 394.
Email: embesppy@correo.mae.es
___________________________________________________________
PERU

EMBAJADA EN LIMA
Cancillería:
Dirección: Av. Jorge Basadre, 498 (San Isidro).-Lima, 27.
Teléfono: 212 51 55.
Fax: 441 00 84 y 440 20 20. Internet: 222 50 66.
Email: embesppe@correo.mae.es

CONSULADO EN LIMA
Cancillería:
Dirección: Av. Jorge Basadre, 498 (San Isidro).-Lima, 27. Apartado de Correos: 641.
Teléfono: Los mismos de la Embajada.
Fax: 422 03 47.
Email: cgesplima@correo.mae.es
___________________________________________________________
URUGUAY

EMBAJADA EN MONTEVIDEO
Cancillería:
Dirección: Calle Libertad, 2738.-Montevideo.
Teléfono: 708 60 10 (4 líneas).
Fax: 708 32 91.
Email: embespuy@correo.mae.es

CONSULADO EN MONTEVIDEO
Cancillería:
Dirección: Calle Libertad, 2738.-Montevideo 11300.
Teléfono: 708 66 43, 708 00 48 y 708 67 63.
Fax: 708 69 60.
Email: cgespmontevideo@correo.mae.es
______________________________________________________________
VENEZUELA
EMBAJADA EN CARACAS
Cancillería:
Dirección: Av. Mohedano, entre la 1.ª y 2.ª transversal, Quinta Embajada de España. Urbanización La Castellana.-Caracas. Apartado de Correos: 62297. Chacao.
Teléfono: 263 28 55, 263 38 76, 263 09 32, 263 19 56 y 263 29 80.
Fax: 261 08 92.
Email: embespve@correo.mae.es

CONSULADO EN CARACAS
Cancillería:
Dirección: Edif. Bancaracas, piso 7. Plaza La Castellana. Apartado Postal: Apartado de Correos de Altamira 69394
Teléfono: 266 02 22, 266 03 77, 266 12 41, 266 13 68 y 266 16 41.
Fax: 266 57 45.
Email: consespcar@correo.mae.es
_____________________________________________________________
MARRUECOS

EMBAJADA EN RABAT
Cancillería:
Dirección: 3, Zankat Madnine. B.P. 1354.-Rabat.
Teléfono: 26 80 00.
Fax: 70 73 87.
Email: ambespma@mail.mae.es

CONSULADO EN CASABLANCA
Cancillería:
Dirección: 31, rue d'Alger.-21000 Casablanca.
Teléfono: 22 07 52, 22 59 06, 22 18 95 y 22 71 45.
Fax: 20 50 49.
Email: cgespcasablanca@mail.mae.es

CONSULADO EN RABAT
Cancillería:
Dirección: 1, Av. Ennasar.-Rabat.
Teléfono: 68 74 70.
Fax: 68 18 56.
Email: cgesprabat@mail.mae.es

CONSULADO EN NADOR
Cancillería:
Dirección: 12, Av. Mohamed Zerktouni. B.P. 7.-Nador.
Teléfono: 60 61 36 y 60 65 24.
Fax: 60 61 52.

CONSULADO EN TETUÁN
Cancillería:
Dirección: Av. Mohamed V, 34. B.P. 702.-Tetuán.
Teléfono: 70 39 84-86-87.
Fax: 70 44 85.
Email: cgtetuan@mail.mae.es

CONSULADO EN TÁNGER
Cancillería:
Dirección: 85, Av. Président Habib Bourghiba.-Tánger.
Teléfono: 93 70 00, 93 41 90, 93 56 25 y 93 51 40.
Fax: 93 27 70 y 93 23 81.
Email: cgesp.tanger@mail.mae.es

CONSULADO EN LARACHE
Cancillería:
Dirección: 1, rue Casablanca. B.P. 6.-Larache.
Teléfono: 91 33 02 y 91 28 31.
Fax: 91 53 92.

CONSULADO EN AGADIR
Cancillería:
Dirección: 49, rue Ibn Batouta, secteur mixte. B.P. 3179.-Agadir.
Teléfono: 84 56 81 y 84 57 10.
Fax: 84 58 43.
Email: cgesp.agadir@correo.mae.es
_______________________________________________________
SENEGAL

EMBAJADA EN DAKAR
Cancillería:
Dirección: 18-20, Avenue Nelson Mandela. B.P.: 2091.
Teléfono: 821 30 81, 823 91 37 y 821 11 78.
Fax: 821 68 45.
Email: ambespsn@mail.mae.es