La Generalitat de Cataluña ha pactado con las entidades municipalistas
los nuevos criterios generales para elaborar los informes de
extranjería, que permitirán el reagrupamiento familiar o la regularización por arraigo a los inmigrantes.
Para el primero de estos permisos se tendrán en cuenta, sobre todo, las
condiciones de habitabilidad de su vivienda y, de ese modo, se tratará
de evitar que se utilicen pisos patera. Para el segundo, se exigirán
unos conocimientos mínimos del catalán y castellano. En el caso de reagrupación, también se valorará que el nivel de ingresos del solicitante sea suficiente para su familia. De esta manera la nueva instrucción 1/2012 de
Bienestar Social establece unos mismos criterios que servirá para homogeneizar los criterios dispares existentes hasta ahora.
El Ayuntamiento deberá determinar si
el solicitante "conoce suficientemente la sociedad catalana y tiene las
competencias comunicativas básicas en las lenguas oficiales de Catalunya
y si ha participado en servicios de acogida o en la red asociativa del
territorio". Será imprescindible como mínimo una entrevista
personalizada en el transcurso de la cual "se ha de valorar el grado de
comunicación en catalán y castellano (y en aranés en el caso de la Val
d'Aran)". Si el interesado "no puede comunicarse mínimamente en las dos
lenguas oficiales, se le pedirá haber iniciado una formación en la
lengua o lenguas que desconozca con un mínimo de veinte horas ya
cursadas en el momento de la entrevista o bien haber hecho alguna
actividad para promover la comunicación lingüística en esta lengua". El
solicitante también deberá explicar si ha participado en programas
sociolaborales o cursillos. Para la renovación de la residencia temporal
se podrá acreditar la formación en cursos o acreditar un certificado
mínimo del nivel A2.Para quienes solicitan el reagrupamiento es
requisito imprescindible garantizar condiciones de salubridad y
habitabilidad de la vivienda, y se establecen unos máximos de personas
en función del espacio.
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